Sentencia pionera
Indemnizada con más de 40.000 euros por sufrir lesiones cuando mediaba en una pelea
La Audiencia de Cádiz ha estimado el recurso de apelación y reconoce que los demandados son responsables de la caída que lesionó a la mujer cuando ésta intentaba separarlos durante una discusión
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La Audiencia Provincial de Cádiz ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por una mujer que sufrió lesiones al intentar mediar en una pelea entre dos hombres. En su fallo, al que ha tenido acceso Antena 3 Noticias, la Sección Segunda del tribunal condena a los demandados a indemnizar a la víctima con 40.384,61 euros, tras considerar que la caída sobre su pierna fue consecuencia directa de su intervención en el conflicto.
Los hechos ocurrieron en la localidad gaditana de Sanlúcar de Barrameda, cuando la mujer intentó separar a los dos hombres que se estaban peleando. Es entonces cuando ambos demandados cayeron sobre la mujer, provocándole una lesión en la pierna izquierda. Aunque el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Sanlúcar había desestimado la demanda inicialmente, la Audiencia gaditana ha concluido que el suceso "no fue fortuito ni inevitable", como había argumentado el fallo anterior.
"Asumió un riesgo al intervenir en la pelea"
La sentencia recalca que "existe una acción culposa imputable a los demandados a consecuencia de la cual se produce una caída, lo que le provoca una lesión en su pierna izquierda". Sin embargo, también se reconoce que la mujer asumió un riesgo al intervenir en la pelea, lo que contribuyó al daño sufrido. En consecuencia, la indemnización se reduce en un 30%, siendo el 70% de la responsabilidad atribuida a los demandados.
Sobre este último extremo, Juan Carlos Gómez Villegas, el abogado de la demandante entiende que reducir la indemnización solicitada por intervenir “es castigar a las buenas personas que intentan mediar en una discusión”, lo que considera “lamentable” porque “están pretendiendo que la sociedad se inhiba de cualquier discusión“.
"Es una sentencia novedosa"
El abogado de la víctima, Juan Carlos Gómez Villegas, celebró la resolución, destacando que esta sentencia marca un precedente en casos de intervenciones en disputas ajenas que resultan en daños físicos. “Es una sentencia novedosa porque normalmente nadie reclama indemnización por actos realizados por terceras personas de una forma negligente en este caso en una discusión o pelea. Lo normal es que se reclame por daños intencionados, y no por mera circunstancia”, detalló
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