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en el Hospital de Calella (Barcelona)
Indemnizan a una paciente con un millón de euros por una negligencia médica: confundieron un ictus con un abuso de cannabis
La paciente quedó incapacitada con una invalidez absoluta por un retraso en el diagnóstico de ictus, que confundieron con una intoxicación.
La Audiencia de Barcelona ha condenado a una aseguradora a indemnizar con 1.074.0000 euros a una paciente que quedó incapacitada con una invalidez absoluta debido a un retraso en el diagnóstico de un ictus, que en el Hospital de Calella (Barcelona) confundieron con una intoxicación de cannabis.
En su sentencia, la sección cuarta de la Audiencia obliga a la aseguradora a pagar indemnizaciones que superan el millón de euros a la paciente, que arrastra como secuelas una invalidez absoluta que la hacen dependiente de terceras personas para su vida diaria, así como a su esposo y a cada uno de sus dos hijos.
Según cree probado el tribunal, las secuelas que sufre la mujer son resultado del retraso en el diagnóstico del ictus que sufrió en septiembre de 2011, y que el personal del Hospital de Calella confundió con una intoxicación por cannabis.
La mujer ingresó en el Hospital de Calella tras sufrir una crisis repentina que le provocó inmovilidad en el lado izquierdo y dificultad para hablar y le dejó la boca ligeramente torcida. Tras explorarla, la médica del Hospital que la atendió concluyó que presentaba una intoxicación por cannabis, sin activar el 'código ictus', por lo que transcurrieron horas hasta que se advirtieron sospechas de un accidente vascular cerebral y se la trasladó en ambulancia al centro Can Ruti.
La sentencia de la Audiencia de Barcelona reconoce que existió "un error de diagnóstico de intoxicación por cannabis", derivado de la "errónea interpretación de los síntomas que presentaba la paciente, aunque el hecho de que se le hiciera un TAC sin contraste "revela que existía la sospecha de la presencia de una patología neurológica".
Para el tribunal, "ante los signos que presentaba la paciente, que hacían necesario un diagnóstico diferencial, con prioridad de la focalidad neurológica", no se complementó la información con la realización de al menos un TAC con contraste, "a fin de que, ya descartado el ictus hemorrágico, quedase también descartado el ictus isquémico".
"El caso era susceptible de examen directo por parte de un especialista en neurología desde que se dejó constancia de la hemiparesia", añade la sentencia. La asociación Defensor del Paciente, cuyos servicios jurídicos han representado a la afectada ante los tribunales, considera que esa sentencia se suma a otras resoluciones judiciales que demuestran que "el protocolo del código Ictus, diseñado por la Generalitat, no funciona, es ineficaz, no dispone de personal preparado ni servicios suficientes para atender esa grave patología".
"Esas deficiencias, que constata la resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona, provocan que el personal médico alcance diagnósticos tan aberrantes y faltos de todo rigor como el presente caso", añade el Defensor del Paciente en un comunicado.
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