Panorámica del Madrid Arena.

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LA PERSONACIÓN PUEDE DERIVAR EN ACUSACIÓN PARTICULAR O EN RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA

El juez acepta al Ayuntamiento de Madrid como parte interesada en el caso Madrid Arena

El Ayuntamiento de Madrid ha sido aceptado como parte interesada en el caso Madrid Arena por el juez que investiga el suceso. Ahora falta dirimir si la personación del Ayuntamiento derivará en acusación particular o en responsabilidad civil subsidiaria.

El juez que investiga la avalancha del Madrid Arena, que costó la vida a cuatro jóvenes, ha aceptado la personación del Ayuntamiento de Madrid en la causa como "parte interesada", a la espera de que la instrucción determine si como acusación particular o en calidad de responsable civil subsidiario. Además, según el TSJM, el Ayuntamiento de Madrid ha personado en la causa como responsable civil subsidiario a la sociedad Madrid Espacios y Congresos, dependiente de la Concejalía a cargo de Pedro Calvo, que dimitió ayer tras su imputación en la causa.

Según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), el titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Eduardo López Palop, que investiga esta causa, ha recibido contestación del Ayuntamiento de Madrid de que la Concejalía que ocupaba hasta ayer Pedro Calvo es la competente en la firma de los contratos con los organizadores del evento en el que fallecieron cuatro jóvenes. El magistrado ha aceptado la personación del Ayuntamiento de Madrid en la causa como parte interesada, "a la espera de que en el curso de la instrucción esta personación pueda derivar en acusación particular o bien se transforme en responsabilidad civil subsidiaria", según el Tribunal Superior.

El juez se basaría en el artículo 121 del Código Penal que establece que los municipios responderán subsidiariamente de los daños causados "por los penalmente responsables de los delitos dolosos o culposos" cuando éstos sean autoridades públicas en el ejercicio de sus cargos o funciones. Este artículo se aplica siempre que la lesión sea consecuencia directa del funcionamiento de los servicios públicos que les estuvieren confiados, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial derivada del funcionamiento normal o anormal de dichos servicios exigible conforme a las normas de procedimiento administrativo, y sin que, en ningún caso, pueda darse una duplicidad indemnizatoria. "Si se exigiera en el proceso penal la responsabilidad civil de la autoridad, agentes y contratados de la misma o funcionarios públicos, la pretensión deberá dirigirse simultáneamente contra la Administración o ente público presuntamente responsable civil subsidiario", añade este precepto del Código Penal esgrimido por el juez.

El delegado de Economía, Empleo y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid y tercer teniente de alcalde, Pedro Calvo, presentó ayer a la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, la dimisión de todos sus cargos tras conocerse su imputación en el caso Madrid Arena como responsable del recinto municipal en el que acaeció la tragedia.

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