Sanidad

Condenan a la Generalitat Valenciana a indemnizar a los médicos que trabajaron sin EPI en la primera ola del covid-19

En una sentencia reciente, el magistrado condena a la Consejería de Sanidad valenciana a pagar con hasta 49.000 euros a médicos que tuvieron que trabajar sin los trajes de protección adecuados.

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Un juzgado de Alicante ha condenado a la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana a indemnizar a los médicos que trabajaron sin protección ni trajes EPI durante la pandemia sumas de hasta 49.000 euros.

El juez señala, en primer lugar, que, a pesar de que las administraciones autonómicas estaban bajo la supervisión del Gobierno central, la gestión sanitaria seguía siendo de su competencia y la Conselleria de Sanidad, "era la responsable del cumplimiento del marco normativo de prevención de riesgos laborales para con sus empleados sanitarios".

No obstante, apunta la resolución, contra la que cabe recurso, "ha quedado acreditado que las medidas adoptadas no fueron suficientes para garantizar la seguridad de los empleados demandantes".

El juzgado de lo Social número 5 de Alicante condena a este departamento del Consell a abonar a un total de 154 facultativos sumas que van desde los 5.000 (los que trabajaron sin elementos de protección sin sufrir contagio) y 49.000 euros (para los sanitarios que precisaron hospitalización) por haberles obligado a trabajar sin sin equipos de protección en los primeros meses de la pandemia.

La Generalitat presentará un recurso contra la sentencia de un juzgado de Alicante que condena a la Conselleria de Sanidad a indemnizar a los médicos por la falta de elementos de protección a la que fueron sometidos durante la primera ola de la pandemia de la covid-19, según fuentes sanitarias.

El fallo podría abrir la puerta a sentencias similares en otros lugares de España, pues en casi todos los hospitales del país se repitió la misma escena durante la primera ola de coronavirus: sanitarios vestidos con bolsas de plástico ante la falta de trajes EPI.

Grave riesgo para la seguridad del personal sanitario

La demanda de este fallo judicial fue interpuesta por el Sindicato Médico de la Comunidad Valenciana CESM-CV junto a varios de sus afiliados y en ella el magistrado estima parcialmente las pretensiones de los demandantes, que alegaban que la administración incumplió sus obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales durante el estado de alarma declarado por real decreto de 14 de marzo "con grave riesgo para la seguridad y la salud del personal sanitario".

El juez señala, en primer lugar, que, a pesar de que las administraciones autonómicas estaban bajo la supervisión de los órganos de gobierno centrales, la gestión sanitaria seguía siendo de su competencia y solo la Consejería de Sanidad, "como empleadora y deudora de seguridad, era la responsable del cumplimiento del marco normativo de prevención de riesgos laborales para con sus empleados sanitarios".

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