Andalucía

La Justicia avala la absolución de un padre tras encontrar semen en las bragas de su hija de 6 años

La madre recurrió la sentencia de la Audiencia de Sevilla en la que se absolvía al padre de la niña de seis años de un presunto delito de abuso sexual.

Tribunal Superior de Justicia de Andalucía

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) avala una sentencia de la Audiencia de Sevilla, que absuelve a un hombre de un presunto delito de abuso sexual sobre su hija de 6 años.

En el texto se recoge que, aunque se encontraron "restos de semen" del acusado en las bragas y el pantalón de la niña, existe la posibilidad de que el esperma derive "del contacto de estas prendas con distintas superficies en las que hayan podido quedar depositados".

La Fiscalía y la madre de la menor, relataban que la niña era -presunta- víctima de abuso sexual por parte del padre después de que este le realizara "tocamientos íntimos a su hija menor de edadaprovechando que estaba acostada con él" el pasado 27 de octubre de 2016. Sin embargo, el TSJA avala la sentencia que absuelve al progenitor al no poder encontrar relación con el semen encontrado en las prendas de ropa. En una sentencia dictada el pasado 19 de junio, el alto tribunal andaluz aborda un recurso de apelación contra la sentencia absolutoria, explicando lo siguiente:

"El análisis de las braguitas y el pantalón que vestía la niña en la tarde del 27 de octubre de 2016 reveló la presencia muy escasa de restos de semen y detectó todos los alelos que componen el perfil genético de la menor, así como alelos extras minoritarios donde están representados los alelos que definen el perfil del acusado, por lo cual 'no se podría descartar la presencia de ADN de ambos en estas muestras, detectándose además otros alelos extra de procedencia desconocida', admitiendo el dictamen la posibilidad de que ese ADN proceda del contacto de estas prendas con distintas superficies en las que hayan podido quedar depositados restos del mismo", recoge 'Europa Press' de la sentencia del TSJA.

En ese sentido, tras recurrir la denunciante la sentencia absolutoria de la Audiencia, el TSJA "valora la descripción del suceso realizada por la niña como poco informativa", según recoge textualmente 'Europa Press'.

El TSJA expone además que "el parte médico de urgencia no aprecia eritemas u otros vestigios que avalen el relato acusatorio, como tampoco los detectó el informe emitido por médico forense al día siguiente de la denuncia".

"Frente a ello, la parte recurrente insiste en dotar a esta prueba de contenido incriminador y, así, plantea conjeturas que desbordan los límites fácticos de la acusación como que el acusado pudo haber experimentado una erección que le llevara a eyacular, pero la valoración de esta prueba que lleva a cabo el tribunal no es manifiestamente ilógica ni carece de racionalidad", señala el TSJA, que desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia absolutoria de la Sección Séptima de la Audiencia.

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