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Inmigración Canarias

La juez no ve delito en las condiciones de los inmigrantes en el muelle de Arguineguín

El juzgado de Gran Canaria considera que, pese a que las condiciones en dicho puerto son "deplorables", no hay delito en el trato que reciben los inmigrantes en Arguineguín.

La jueza Yanira del Carmen Gozález que se ha hecho cargo de la denuncia de la alcaldesa de Mogán por el trato que reciben los inmigrantes en el muelle de Arguineguín (Canarias) ha decidido archivarla, al considerar que la situación del campamento es "efectivamente deplorable", pero no constitutiva de delito.

La crisis migratoria en Canarias sigue abierta y los cayucos siguen llegando mientras las autoridades tratan de realojar a los migrantes.

Se calcula que sólo en hoteles hay repartidos cerca de 6.000 inmigrantes y en el muelle de Arguineguín hay centenares.

En el campamento de primera acogida del puerto de Arguineguín han llegado a pernoctar 2.500 personas, cinco veces su capacidad.

Condiciones deplorables, pero no ve delito

"El examen de las diligencias de investigación practicadas, así como de la presente denuncia, debe llevar necesariamente a su archivo, por entender esta instructora que los hechos denunciados no son presuntamente constitutivos de infracción criminal", argumenta la juez Yanira del Carmen Gozález.

La jueza inspeccionó dicho campamento el pasado viernes, cuando había más de un millar de personas en su interior, para conocer en persona cuál era la situación.

La juez entra en detalle sobre el presunto delito que supone que esas personas pasen en el muelle más de las 72 horas que la ley concede a Policía para tomar la filiación a los inmigrantes.

El auto recuerda que, por protocolo sanitario, "no se puede realizar labor alguna, ni administrativa ni judicial, hasta obtener los resultados de las PCR realizadas a los migrantes y, en su caso, seguir la cuarentena o las prescripciones necesarias establecidas por el facultativo que los asiste".

"La libertad ambulatoria, tanto de nacionales como de extranjeros, puede encontrarse limitada por el protocolo a seguir", añade la juez, que observa "una prudente proporcionalidad entre la limitación de dicho derecho fundamental y la salvaguarda de la salud pública".

Y añade que no se ha probado que los inmigrantes que han pasado por ese campamento siguieran en su interior "en contra de su voluntad, ni que se les haya impedido abandonarlo".