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CAMBIO DE CRITERIO EN EL TRIBUNAL
Una de las magistradas que condenó a 'La Manada' respalda la libertad y el presidente del tribunal queda en minoría
Hasta ahora, los magistrados José Francisco Cobo Sáenz y Raquel Fernandino se habían mostrado en contra de decretar la libertad provisional de 'La Manada', en contra del criterio del magistrado Ricardo González, que se había declarado partidario de la libertad provisional bajo fianza.
Una de las magistradas de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra que dictó la condena a nueve años de cárcel a 'La Manada' ha respaldado la libertad provisional bajo fianza para los cinco condenados a la espera de sentencia firme, por lo que el presidente del tribunal se ha quedado en minoría al respaldar la prórroga de la prisión incondicional.
La Sección Segunda de la Audiencia está compuesta por tres magistrados: José Francisco Cobo Sáenz (presidente), Raquel Fernandino y Ricardo González.
Hasta ahora, los magistrados José Francisco Cobo Sáenz y Raquel Fernandino se habían mostrado en contra de decretar la libertad provisional de los cinco sevillanos encausados en este procedimiento, en contra del criterio del magistrado Ricardo González, que se había declarado partidario de la libertad provisional bajo fianza.
La propia sentencia condenatoria a nueve años de cárcel dictada el pasado mes de abril contó con el voto particular del juez Ricardo González, que discrepó de sus dos compañeros de sala y abogó por la absolución de los cinco acusados.
En esta ocasión, este equilibrio de mayorías ha variado, dado que la magistrada Raquel Fernandino se ha inclinado por dictar la libertad provisional bajo fianza para los cinco condenados, a la espera de que se dicte sentencia firme.
Al margen de la fianza, el tribunal ha impuesto a los condenados la obligación de comparecer los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia de su localidad.
También les impone la prohibición de entrar en la Comunidad de Madrid, la prohibición de comunicación con la víctima, la retirada del pasaporte, y la prohibición de salir del territorio nacional sin autorización judicial.
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