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SENTENCIA A LA MANADA

Los tres motivos por los que la Audiencia de Navarra mantiene la libertad provisional para los miembros de La Manada

La Audiencia Provincial de Navarra ha argumentado que la inalterabilidad de la situación personal, familiar y laboral de todos los acusados, el débil riesgo de fuga o el cumplimiento de sus condiciones, son motivos suficientes para el mantenimiento de su libertad profesional.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra ha desestimado la solicitud de ingreso en prisión de los cinco miembros de La Manada, realizada por la Fiscalía, acusación particular y acusaciones populares. La Audiencia ha tomado esta decisión por mayoría de dos magistrados y con el voto en contra del presidente de la sección, que aboga por el ingreso en prisión de los cinco condenados.

La Audiencia ha desestimado la solicitud argumentando que la situación personal, familiar y laboral de todos ellos permanece inalterable respecto al auto que emitió la misma sala el pasado de 21 de junio cuando decidió dejarlos en libertad provisional.

En este sentido, los magistrados recuerdan que Cabezuela ha sido privado de su condición de militar. Aunque esa decisión no es firme, de momento, le supone no recibir ningún ingreso económico. Esta decisión, entienden los magistrados, limita el riesgo de fuga.

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Del mismo modo, han explicado que todos los acusados han cumplido puntualmente con sus obligaciones que les fueron impuestas el 21 de junio, día de su puesta en libertad.

Respecto al riesgo de fuga, los magistrados suponen que es bastante endeble ese supuesto ya que desde su puesta en libertad han acatado todas las condiciones impuestas por la Sala y han mostrado su intención de no eludir la decisión de la Justicia.

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