Denuncia falsa
La pena a la que se podría enfrentar el joven por la denuncia falsa de la agresión homófoba en Malasaña
La simulación de delitos está tipificado en el Código Penal. Una pena a la que se podría enfrentar el joven tras admitir que la denuncia por la agresión homófoba en Malasaña era falsa.
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Los delitos de odio están tipificados en el Código Penal como una infracción por prejuicios contra una persona por el hecho de que esta pertenezca a un determinado grupo. Dentro de los delitos de odio se califican los cometidos por racismo, orientación sexual, xenofobia, discapacidad, etc.
Este tipo de delitos de odio se castigan con penas de cárcel y multa.
Penas a las que se enfrenta el joven
El joven que denunció falsamente una agresión homófoba en Madrid puede afrontar una pena de hasta 12 meses de multa por simulación de delito, porque los hechos no entrarían dentro del tipo penal que implica una denuncia falsa y que sí conllevaría a una pena de hasta dos años de cárcel.
La víctima confesó ante la Policía que se había inventado la agresión en el barrio de Malasaña para tratar de ocultar una infidelidad a su novio y ocultarle que había mantenido relaciones con otros hombres. También admitió que los cortes que presentaba en el glúteo fueron consentidos.
Los hechos encajarían en un delito de simulación de denuncia del artículo 457 del Código Penal. Este artículo del Código Penal se refiere a la simulación de delitos y a las denuncias falsas ante funcionario judicial o administrativo.
"Sería constitutivo de un delito de simulación de delito ya que el mismo en su denuncia no identifica a personas concretas", asegura Beatriz Uriarte Arreba, del departamento Penal de Ospina Abogados.
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"El que, ante alguno de los funcionarios señalados en el artículo anterior, simulare ser responsable o víctima de una infracción penal o denunciare una inexistente, provocando actuaciones procesales, será castigado con la multa de seis a doce meses", dicta el artículo 457 del C.P.
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