Rianxo
Piden 15 años de cárcel para una enfermera de Rianxo por acceder sin permiso a historiales clínicos
La acusada habría consultado en 21 ocasiones los datos médicos de un matrimonio y su hijo sin justificación.
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Una enfermera de Rianxo (Galicia) se enfrenta a 15 años de prisión por acceder sin autorización a los historiales clínicos de una familia. Según el escrito de acusación, la mujer habría consultado en 21 ocasiones los datos médicos de un matrimonio y su hijo menor de edad sin motivo justificado.
La Fiscalía considera que estos hechos constituyen tres delitos contra la intimidad en su modalidad de revelación de secretos, por lo que solicita para la acusada una condena de cárcel, una multa de 18.800 euros y la inhabilitación profesional durante 12 años por cada uno de los delitos.
Los afectados comenzaron a sospechar cuando en el entorno escolar se hicieron comentarios sobre enfermedades que padecían y tratamientos que habían recibido. Al tratarse de información privada, decidieron denunciar los hechos ante las autoridades.
Las investigaciones revelaron que la profesional sanitaria había accedido en varias ocasiones a la información médica sin autorización. Entre 2016 y 2018 trabajó en Boiro y, desde entonces hasta la actualidad, en el Hospital do Barbanza. Durante este tiempo, realizó consultas reiteradas a los historiales clínicos del matrimonio y su hijo.
El Ministerio Público califica estos hechos como delitos graves contra la intimidad y la protección de datos personales. Por ello, además de la pena de prisión, solicita que la acusada sea apartada del ejercicio de su profesión durante 12 años por cada uno de los delitos imputados.
El juicio se celebrará el próximo 7 de febrero en la Audiencia Provincial de A Coruña, donde se determinará la responsabilidad de la acusada y las posibles consecuencias legales de su actuación.
Aún no se conocen las causas que llevaron a la enfermera a entrometerse en la privacidad de la familia. Sin embargo, las autoridades están intentando conocer los motivos de este acto.
Este suceso no es un caso aislado. Cada vez son más las sentencias dictadas a profesionales de la salud por este tipo de motivos. Ahora, vuelve a suceder: el acceso por parte de un tercero al historial clínico de un familiar o conocido con el fin de saber determinados datos o circunstancias de ellos.
De todas formas, no se trata de unos datos cualquiera sino que se trata de datos relativos a la salud que, como indica la Ley Orgánica de Protección de Datos, requieren de una protección especial. Sin embargo, esta protección no es tenida en cuenta por aquellas personas que, aprovechándose de su cargo profesional y "fácil" acceso a los mismos, llevan a cabo este tipo de conductas ilegales.
En este caso concreto, la actuación es llevada a cabo por parte de una enfermera. Sin embargo, ha habido ocasiones en las que el acceso al historial clínico se ha producido o por médicos o por personal administrativo y de gestión. No obstante, el cumplimiento de la ley es igual para todos.
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