Violación
Prisión permanente revisable por violar y asesinar a una menor de Alcalá la Real en Jaén
La menor de 14 años fue encontrada tras avisar el propio condenado al 112.
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Es la primera vez que la Audiencia Provincial de Jaén impone la máxima pena de cárcel para un condenado. Nazzaryn N. N., de 25 años, ha sido condenado a prisión permanente revisable por asesinar y agredir sexualmente a Khawla, un niña de 14 años de Alcalá la Real en febrero de 2022.
La sentencia, de 66 páginas, a la que ha tenido acceso Antena 3 Noticias, impone al enjuiciado prisión permanente revisable, tal y como solicitaron la acusación particular y el Ministerio Fiscal, por el delito de asesinato con la concurrencia del atenuante de confesión. Por agredir sexualmente a Khawla se le impone, además, 15 años de prisión y la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio que conlleve contacto con menores por tiempo superior en 20 años al de la duración de la pena.
El declarado culpable de asesinato y violación tampoco podrá acercarse a la familia de Khawla a una distancia de 500 metros durante 20 años, así como residir, entrar o permanecer en el municipio jienense de Alcalá la Real en el caso de que fuera puesto en libertad. La sentencia recoge también, en concepto de responsabilidad civil, la condena de indemnizar a la familia de la víctima con 355.000 euros, además del pago de las costas, incluidas las de la acusación particular.
Fue el pasado 30 de mayo cuando el jurado popular, tras tres horas deliberando, leyó la lectura del veredicto y declaró a Nazzaryn culpable del crimen cuyo cadáver fue localizado en febrero de 2022 en las ruinas de la iglesia de Santo Domingo, en Alcalá la Real. Fue el propio Nazzaryn el que alertó al 112 de lo que había hecho, hasta el punto de esperar a la Policía en las inmediaciones de La Fortaleza de la Mota, de ahí que el jurado haya estimado según dicta la sentencia el atenuante de confesión.
La muerte de Khawla, según recoge la sentencia y había mantenido el Ministerio, no fue accidental, como el acusado sostuvo durante el juicio: sobrevino por practicar el juego de la asfixia de manera consentida, señaló. Esta práctica que había aprendido consistía en apretar el cuello o el pecho hasta la pérdida del conocimiento. La agresión sexual, manifestó Nazzaryn, se produce una vez la niña había muerto.
Fue violada antes de fallecer estrangulada
El jurado respaldó los argumentos de la acusación particular y del Fiscal, que rechazaron esta práctica y recordaron, tal y como señalaron los forenses, que la muerte de Khawla no se produciría hasta entre cuatro y cinco minutos tras perder el conocimiento, que fue cuando el condenado le apretó el cuello. De hecho, los mismo forenses declararon que la niña fue violada antes de fallecer estrangulada, calificando su muerte de agónica. "No tuvo ninguna posibilidad de defenderse", destaca la sentencia, que entiende que se trata de un asesinato alevoso, de ahí que los guardias civiles, psicólogos y forenses definieran a Nazaaryn como un psicópata por violar y asesinar con frialdad y chulería a la menor hasta el punto que le hizo fotos al cadáver y las envió a un amigo.
El acusado, que se encuentra en prisión desde que cometiera el crimen, dijo en su derecho a la última palabra que nunca quiso hacerle daño y que se arrepentía mucho.
El caso de Khawla sobrecogió al municipio de Alcalá la Real, en Jaén, los días de la desaparición de la menor. El propio tribunal sostuvo que Khawla y Nazaaryn se conocían tras haber coincidido en un par de ocasiones, una de ellas el 15 de febrero, cuando la chica acudió a las ruinas de Santo Domingo en la Fortaleza de la Mota donde había sido citada por el acusado para ver las vistas. Una vez allí, tal y como recoge el jurado, intentó darle un beso, pero la niña se negó. Poco tiempo después, el 112 recibió la llamada del condenado, confesando que había matado a Khawla, aunque en ningún momento colaboró en decir el lugar exacto donde se encontraba el cuerpo, encontrado finalmente tras varias batidas.
Esta sentencia, la primera en la que la Audiencia de Jaén dicta prisión permanente revisable, no es firme, sino que cabe recurso de apelación ante el TSJA.
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