Discotecas Madrid
¿Qué podré hacer a partir del lunes en las discotecas de Madrid y qué no podré hacer?
Discotecas y hostelería de Madrid en general recuperan a partir de este lunes la libertad horaria tras las restricciones impuestas en los últimos meses por la pandemia del coronavirus. Aquí te detallamos qué podrás y lo que no podrás hacer ahora.
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A partir de las 00:00 horas del próximo lunes 20 de septiembre las discotecas de Madrid recuperan su libertad horaria tras las restricciones impuestas por la pandemia del coronavirus. La medida anunciada a principios de semana por Isabel Díaz Ayuso se ha concretado este miércoles.
El consejero de Sanidad madrileño, Enrique Ruiz Escudero ha argumentado la decisión basándose en la tendencia descendente de los contagios de COVID-19 que registra la comunidad. Así pues, a continuación detallamos qué se va a poder hacer y qué no en las discotecas y resto de locales de ocio de la capital.
Medidas de seguridad en las discotecas de Madrid
El uso de la mascarilla en el interior seguirá siendo obligatorio, excepto en el momento de la consumición. También ha de garantizarse la distancia de 1,5 metros y una correcta ventilación del local.
La principal novedad se encuentra en el horario de las discotecas de Madrid. Hasta el momento los locales de ocio nocturno tenían la hora de cierre fijada en las 3:00 h de la madrugada, sin embargo, esta limitación desaparece desde el lunes y solo habrá que atender a regulaciones municipales.
El aforo interior pasa del 50% al 75% y el aforo exterior del 75% al 100% con 6 personas por mesa en el interior y 10 en el exterior.
Seguirá sin poder utilizarse la barra y también seguirá cerrada la pista de baile.
En la hostelería
La hostelería y la restauración recuperan la libertad horaria, de acuerdo con la normativa municipal, con una ocupación en el exterior del 100% y aumentando de 8 a 10 las personas los comensales por mesa en terraza. En el interior se pasa del 50% al 75% del aforo y se mantiene un máximo de 6 personas por mesa, siempre con una distancia de 1,5 metros entre sillas de grupos de mesas y sin consumo en barra.
Actividades culturales
Las actividades culturales y los espectáculos verán incrementado su aforo al 100%, con la limitación de que el consumo de comidas y bebidas solo estará permitido en las zonas específicamente dedicadas a ello. Los cines y circos de carpa se mantienen al 75% del aforo con consumo de bebida y comida, como hasta ahora, o al 100% en el caso de que opten por no tener consumo de bebida y comida.
Salas de exposiciones, museos y monumentos aumentan su aforo del 75% al 100% y se amplían los grupos a 20 personas.
Intalaciones deportivas
El aforo se mantiene en el 75% aunque se les da libertad horaria. Los salones de banquetes, parques de atracciones, zoos, casinos y locales de apuestas aumentan su aforo al 75%.
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