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Caso Gabriel
¿Qué es la prisión permanente revisable y para qué tipo de delitos se aplica?
La prisión permanente revisable es la pena impuesta para los delitos de mayor gravedad en España. La fiscalía pide que el juez la decrete para Ana Julia Quezada, la asesina confesa de Gabriel Cruz.
En el Código Penal español hay una serie de delitos para los que se puede aplicar la pena más dura, la prisión permanente
revisable.
Según el artículo 140 del código, la pena se puede aplicar:
- Cuando la víctima sea menor de 16 años o se trate de una persona especialmente vulnerable
- Si va unido a un delito contra la libertad sexual
- Si son asesinatos múltiples
- En los asesinatos cometidos por miembros de una organización criminal.
- Además, el 485 indica que también es aplicable en los delitos cometidos contra la corona.
- El artículo 601 posibilita su aplicación en genocidios y delitos de lesa humanidad.
Aunque pueda entenderse la prisión permanente revisable como
cadena perpetua, no es así. El Código Penal español indica que el tiempo máximo
de estancia en prisión son 35 años. Por eso, para los delitos en los que se
aplica esta condena las penas oscilan entre 25 y 35 años, dependiendo del
delito cometido. Lo que si es común a todos los delitos, es que, sólo se puede
empezar a revisar la condena a partir de los 25 años, y debe hacerse cada dos
siempre a petición del interesado.
Caso Gabriel
En la jornada de inicio del caso Gabriel, el fiscal ha
pedido prisión permanente revisable para Ana Julia Quezada, asesina confesa del
pequeño almeriense. Una petición que si tenemos
en cuenta lo que dice el Código Penal estaría más que justifica. Se
trata de un caso en el que se ha asesinado a un menor de 16 años, y además con
el agravante de alevosía.
Pero la defensa ve el caso de una forma radicalmente opuesta.
Los abogados de la dominicana piden para ella una pena de entre tres y diez
años. Para ellos la acusa incurrió en un delito de homicidio imprudente.
Otros caso en los que
se ha aplicado la prisión permanente revisable
De satisfacer las peticiones de la acusación y aplicar la prisión
permanente revisable, este sería el octavo caso en el que se aplique esta pena en
España. El primero fue el caso del violador del Parque de María Luisa. Tras
este llegó el del parricida de Moraña, el de un joven que asesino con
ensañamiento al abuelo de su ex novia, que sufría un ictus, después un hombre
que tiró a su bebé por la ventana en Vitoria, un hombre acusado de matar a su
hijo de 11 años fue, el siguiente fue el conocido como asesino de Pioz y el
último ha sido El Pollino, por el triple crimen de Dos Hermanas.
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