Rafael Amargo
Rafael Amargo, absuelto de vender droga desde su casa
Los magistrados han absuelto al bailaor, a su exproductor Eduardo de Santos y a otra persona juzgada por los mismos hechos.
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El bailaor Rafael Amargo ha sido absuelto de las acusación de vender droga desde su casa. Así lo ha declarado la Audiencia Provincial de Madrid este mismo martes.
Además de a Rafael Amargo, los magistrados han tomado la misma decisión para el productor Eduardo de Santos y para Manuel Ángel Batista León, socio del bailaor. Todos ellos se sentaron en el banquillo de un juicio celebrado el pasado 12 de abril, en el que la Fiscalía pidió nueve años de cárcel para los dos primeros y seis para el tercero.
Los acusados siempre defendieron que consumían droga, pero que no la vendían. Por este motivo solicitaron su absolución, ahora concedida.
En la sentencia se señala que "no existen elementos independientes que permitan acreditar el tráfico de drogas y la asociación y organización entre los acusados, ni el intento de financiación de producciones artísticas derivadas de la comisión de actividades ilícitas".
Estaba en libertad provisional
Desde el juicio en abril, Rafael se encontraba en libertad provisional, esperando la sentencia que finalmente ha llegado este martes. La puesta en libertad se acordó a instancias de la Fiscalía de Madrid, para asegurar la celebración del juicio después de que Amargo quebrantara las medidas impuestas de firmar ante el juzgado.
En su declaración de aquel día, el artista manifestó que no tenía necesidad, "gracias a dios", de dedicarse "a otra cosa que no sean las artes escénicas". Asimismo, recordó que ha sido "bandera y baluarte en España" del flamenco y se comparó con Lola Flores, por su "generosidad".
La Fiscalía pedía 9 años de cárcel
Rafael Amargo se enfrentaba a nueve años de cárcel por un delito contra la salud pública en cantidad de notoria importancia, al igual que su productor Eduardo de Santos al mantener la fiscal sus peticiones de condena.
Los investigadores y la Fiscalía de Madrid sostenían que Rafael Amargo y Eduardo realizaban "compras conjuntas" destinadas a financiar su obra 'Yerma', algo que los acusados siempre han negado.
Unas intervenciones telefónicas y el testimonio de los investigadores de la Policía Nacional eran la principal prueba de cargo que tenía la fiscal para sustentar su acusación. En las escuchas intervenidas entre agosto y noviembre de 2020 se hablaba de cantidades de droga que, según la acusación, sobrepasan el autoconsumo (500 pastillas y un kilo de metanfetamina).
Pero la Audiencia Provincial de Madrid ha tomado la decisión de anular las escuchas y los registros policiales tras considerar que no se cumplieron las exigencias mínimas para acordar la intromisión al secreto de las comunicaciones. Los magistrados estiman que la base objetiva que justificaba la solicitud de intervenciones telefónicas era "insuficiente para estimar que la medida fuera proporcionada con base a los elementos en que fundamentaban los agentes la sospecha de la comisión de un delito contra la salud pública".
Cabe destacar que la resolución aún no es firme y contra ella cabe la interposición del correspondiente recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
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