Divorcio
Recupera su casa al probar que su ex vive con otro hombre tras el divorcio
La convivencia estable con otra pareja extingue el derecho al uso de la vivienda familiar.
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Una pareja, M. y R., se divorció en octubre de 2018. Ambos con un domicilio conyugal en Cádiz y con dos hijos menores de edad. En la sentencia de divorcio, la mujer, M., consiguió la custodia de los menores y, por lo tanto, pudo seguir disfrutando de la vivienda como domicilio familiar que era.
La casa fue atribuida a la madre y a sus dos hijos hasta que ambos "alcanzaran la independencia económica", donde, además, M. vivía con su nueva pareja. Sin embargo, en el auto de divorcio no se reflejó de forma expresa que el tercero en cuestión viviría en dicha casa.
Prueba que su ex vive con otra pareja y recupera su casa
Por ello, tras demostrar R. la habitabilidad de otro hombre en la vivienda familiar, una sentencia del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo sobre derecho de familia 641/2018, de 20 de noviembre, dictaminó que "se extingue el uso de la vivienda familiar atribuido al cónyuge custodio y a sus hijos, como consecuencia de la convivencia en la misma de una nueva pareja".
Esta sentencia que se dictó un mes después de firmarse el divorcio entre R. y M. ha constituido jurisprudencia suficiente para que R. haya podido recuperar la vivienda en la que, antes de la separación, vivía con su mujer y sus hijos.
La convivencia de la progenitora con una nueva pareja provoca que el piso pierda la condición de vivienda familiar "al servir ahora en su uso a una familia distinta y diferente".
Según la sentencia a la que ha tenido acceso Antena 3 Noticias, la introducción de un tercero en la vivienda afecta igualmente a otros aspectos como la pensión compensatoria "e incluso al interés con los hijos, porque introduce elementos de valoración distintos de los que se tuvieron en cuenta inicialmente".
No obstante, la sentencia no priva a los menores de su derecho a una vivienda. Tampoco se produce un cambio de custodia, ya que se mantiene a favor de la madre. La diferencia está en que si M. quiere seguir ocupando la misma vivienda tendría que comprarle su mitad a su ex marido de y padre de los dos hijos menores de edad.
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