Eutanasia
Los requisitos para paralizar la eutanasia: "Solo la puede pedir o paralizar el paciente"
Desde 2021, la eutanasia es un derecho individual de los españoles regulado en la Ley 3/2021 Orgánica de Regulación de la Eutanasia.
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Una magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 12 de Barcelona aceptó la petición de la Fundación Española de Abogados Cristianos para paralizar la eutanasia a una joven de 23 años, que solicitó a su vez su padre. La chica presenta un trastorno límite de la personalidad y un trastorno obsesivo compulsivo, además de una inmovilidad completa en las piernas por una lesión medular que se produjo tras intentar quitarse la vida en 2022, tal y como especificó la Fundación. Este miércoles hemos conocido que será el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña el que decida qué decisión tomará con respecto al caso, que continúa sin avances por orden de la misma jueza.
Cristina Vallés, presidenta de la Asociación Derecho a Morir Dignamente, explica a Antena 3 Noticias que suele ser frecuente la paralización del proceso de eutanasia una vez ha sido otorgada. Ahora bien, el quid de la cuestión está en quién puede pedir que no se le aplique la muerte.
¿Cómo se puede paralizar la eutanasia una vez se ha aceptado?
"La persona que pide la eutanasia es la única que puede decidir sobre su propio final, nadie más puede intervenir", asegura la misma. En el caso de la chica de Barcelona, fue el propio padre el que instó a la jueza a paralizar el proceso. Fuentes de la Fundación aseguraron a su vez a Europa Press que la joven escribió una carta el 29 de julio donde pedía "retrasar la eutanasia porque tenía dudas", aunque al día siguiente manifestó que quería seguir adelante con el procedimiento.
Vallés incide en que se trata de un "derecho individual". A pesar de que faltan informaciones para conocer exactamente qué ha llevado a la jueza a no aplicar la eutanasia sobre la joven, la experta puntualiza que se trata de un proceso "muy largo y garantista". Un médico responsable, después de evaluar las condiciones en las que se encuentra el paciente, es el encargado de enviar el diagnóstico -que puede ser o no favorable- a una dupla. Esta a su vez nombra a una Comisión de Garantía y Evaluación que está compuesta por un sanitario y una persona de leyes. "Finalmente la Comisión es la que resuelve el caso", subraya.
En líneas generales, así es como se puede paralizar la eutanasia aunque siempre es posible presentar una "reclamación administrativa" que es lo que ha sucedido en el caso de la chica de 23 años.
Un tercio de las personas que piden la muerte asistida mueren mientras se tramita el proceso
La asociación Derecho a Morir Dignamente ha denunciado en varias ocasiones los obstáculos para acogerse a la prestación. Recordemos que en España la eutanasia es un derecho de todos los españoles, que aparece recogido en la Ley 3/2021 Orgánica de Regulación de la Eutanasia (LORE). La norma entró en vigor en 2021, y desde la organización creen que en todo este tiempo el procedimiento se puede demorar hasta los 75 días, cuando el escrito recoge que no puede alargarse más allá de 35. Así, explican que un tercio de las personas que piden la eutanasia terminan falleciendo mientras se tramita su solicitud. "La ley está pensada para pocas personas que lo necesitaban muchísimo", comenta Vallés.
Los requisitos actuales para recibir la eutanasia
Hay cinco condiciones que deben darse para recibir la eutanasia en nuestro país, que se detallan en la LORE y pueden verse en la página web del Ministerio de Sanidad.
Por un lado, quien la solicite deberá ser mayor de edad legal y estar totalmente consciente en el momento en el que inicie el procedimiento. También deberá tener la nacionalidad española o la residencia legal dentro del territorio español. Una condición indispensable para solicitarla será el padecimiento de una enfermedad grave e incurable, o una patología grave, crónica e imposibilitante que esté aprobada por un médico responsable.
Tal y como aparece en la LORE, la situación se refiere a limitaciones que "llevan asociado un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable para quien lo padece, existiendo seguridad o gran probabilidad de que tales limitaciones vayan a persistir en el tiempo sin posibilidad de curación o mejoría apreciable".
El cuarto requisito es haber realizado dos solicitudes de forma voluntaria y por escrito, o por otra vía que de constancia, con un tiempo de separación de al menos 15 días entre ambas. El último será prestar un consentimiento informado previamente a recibir la prestación de la muerte asistida.
Cristina Vallés asegura que una vez han aceptado su solicitud, la persona que pide la muerte asistida entra en un "período de más tranquilidad" porque sabe el momento exacto en el que la recibirá. "El paciente ha podido tener más tiempo para acogerse a las despedidas en los casos donde ha sido positiva su decisión", añade.
El recurso presentado por Abogados Cristianos argumenta que la joven sufre varias patologías de salud mental como la bipolaridad, la depresión o el trastorno límite de la personalidad. Alegan que por ello no puede pedir la eutanasia, algo en lo que no están de acuerdo en la Asociación Derecho a Morir Dignamente donde especifican que "una persona con enfermedad mental puede ser competente para solicitarla si está en algunos de los contextos de imposible curación".
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