Málaga

Un taxista quintuplica la tasa de alcoholemia, se lleva cinco bolardos y los peatones tienen que quitarle las llaves en Fuengirola

El conductor embriagado provocó desperfectos en la vía pública y tuvo que ser retenido por los transeúntes hasta que llegaron los agentes de Policía.

Taxista borracho en Fuengirola

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Un conductor de taxi ha sembrado el caos en las calles de Fuengirola (Málaga) mientras conducía su vehículo borracho este pasado miércoles 10 de mayo. El conductor, bajo los efectos del alcohol, arrasó cinco bolardos que se encontraban en la vía pública y tuvo que ser frenado y retenido por los peatones.

Los propios transeúntes, a los que el conductor embriagado casi atropella, tuvieron que abrir la puerta del taxi y arrebatarle las llaves para poder frenarle. Además, le retuvieron en el lugar de los hechos, el aparcamiento del Puerto Deportivo de Fuengirola, hasta que llegaron las fuerzas policiales.

El taxista quintuplicó la tasa de alcohol permitida en el control de alcoholemia realizado por los agentes de la Policía Local. El individuo obtuvo un resultado positivo de 1.16 miligramos por litro de aire espirado, cinco veces por encima de la tasa permitida, 0,25 mg/l en aire respirado.

Debido al estado de embriaguez que presentaba el conductor confirmado mediante la prueba, los funcionarios procedieron a la retirada del vehículo e iniciaron una investigación sobre el taxista.

Consecuencias a las que podría enfrentarse

En este caso, el taxista será investigado por un delito contra la seguridad vial. Estos delitos relacionados con el bien jurídico colectivo, de titularidad y uso público están regulados en el Código Penal español, en el Título XVII, capítulo IV, del artículo 379 al 385.

En este caso, el taxista ha cometido el delito de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas y presentar síntomas graves, dando tasa en aire espirado superior a 0,60 mg/l (o de1,2 g/l en sangre). Por tanto, se podría enfrentar a una prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Además, se le privará del derecho a conducir de 1 a 4 años.

La investigación expondrá si ha cometido un delito de exceso de velocidad (art. 379.2), conducción con temeridad manifiesta (art. 380), con manifiesto desprecio por la vida de los demás (art. 381) y de poner en peligro la circulación con obstáculos y sustancias (art. 385).

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