Valencia

Trata de asistir a un juicio por exhibicionismo completamente desnudo pero varios agentes le impiden el paso

Efectivos de la Guardia Civil y Policía Nacional han impedido que el joven accediera a los juzgados de Valencia.

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Un hombre ha intentado hoy acceder completamente desnudo a la Ciudad de la Justicia de Valencia para asistir a un juicio por exhibicionismo. El hombre en cuestión se llama Alejandro Colomar, tiene 29 años y según ha explicado a los medios de comunicación, la sesión era para ver su recurso a una sanción administrativa por pasearse desnudo.

A pesar de que se ha presentado en las inmediaciones, tres agentes de la Guardia Civil del grupo de seguridad de la Ciudad de la Justicia de Valencia le han impedido el paso. De manera inmediata otros cinco policías nacionales le han obligado a vestirse, a riesgo de sanción si no lo hacía. Además le han advertido que en ese momento un menor estaba entrando también al edificio. "He ido a playas nudistas desde pequeño y nunca he tenido ningún problema con la desnudez. Un día descubrí que era legal y empecé a hacerlo. Me han puesto multas porque la policía no sabe las leyes básicamente", ha explicado tras el suceso.

El abogado del joven también ha señalado que no consideran "que sea obsceno ir por la calle desnudo". "Entendemos que ir desnudo es ejercer la libertad ideológica. La ley no es clara. Desde que en 1988 se derogó el escándalo público el vacío legal ha de ser cubierto por ordenanzas municipales que la mayoría de ciudades no tienen, por eso entendemos que se vulnera el principio de legalidad", ha añadido el letrado Pablo Mora.

Sancionado en varias ocasiones

No es la primera vez que Colomar se enfrenta a una sanción. Anteriormente ya tuvo otro juicio penal por entrar a una comisaría desnudo. Dicho juicio se ha perdido en primera instancia y en la Audiencia Provincial, y está pendiente de casación al Supremo.

Según ha detallado Mora, estas condenas se encuentran recurridas. "La mayoría de sanciones que le ponen no suelen ser por la vía penal, sino por vulneración del artículo 37 de la conocida como Ley Mordaza, que sanciona el exhibicionismo obsceno cuando no sea delito, es decir, cuando no se produzca ante menores. Por el momento, hemos ganado alguna sentencia alegando la vulneración de sus derechos fundamentales o del principio de legalidad, ya que muchas ciudades no tienen ordenanza al respecto", ha añadido el abogado.

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