Maternidad
El Tribunal de Justicia de la UE ordena a España a indemnizar a los pensionistas que reclamaron un plus de maternidad
La sentencia responde a una cuestión prejudicial planteada por la Sala de los Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha ordenado a España indemnizar a los padres que reclamaron judicialmente un complemento de maternidad en la pensión. La pregunta surgió tras un pleito planteado en el Juzgado de los Social número 2 de Vigo y se trata de una sentencia que responde a la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
El caso, en concreto, responde al de un padre de dos hijos, con una prestación de incapacidad permanente absoluta, reconocida por sentencia desde octubre de 2019. En noviembre del año siguiente, el hombre declaró al Instituto Nacional de la Seguridad Social un plus de maternidad, para incrementar en un 5% su prestación, y entonces le fue denegado. El padre recurrió, tras conocer la noticia, a la vía judicial.
Fue el juzgado de Vigo el que constató que se había producido un incumplimiento estrictamente normativo y le concedió la compensación de maternidad al demandante desde la fecha de su solicitud, con una retroacción de 90 días, tal y como se establece en la Ley General de la Seguridad Social.
El hombre, pese a esto, fue más allá. Recurrió entonces ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia al entender que le correspondía también la cuantía de ese plus desde la fecha en la que se le otorgó la prestación, esto ocurrió en octubre de 2019, debido a haber sufrido, según reza en el recurso, una discriminación por razón de sexo.
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Hoy se ha conocido que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que los padres de dos o más hijos, como este caso, obligados a acudir a los tribunales para beneficiarse de un complemento a la pensión de invalidez, tienen derecho a una indemnización adicional por ello.
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