Supremo

El Tribunal Supremo rechaza la rebaja de pena a un condenado por explotación sexual que alegó que su pareja ya se prostituía

El hombre tiene una condena de más de 25 años por numerosos delitos, entre ellos, explotación sexual de su pareja, víctima de amenazas y palizas.

Fachada del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal SupremoEFE

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Con el objeto de conseguir una rebaja de pena, un condenado por explotación sexual alegó que su pareja ejercía libremente la prostitución 20 años y que la siguió ejerciendo los seis años en los que mantuvieron su relación. Sin embargo, el Tribunal Supremo (TS) no aceptan la rebaja de condena y rechazan la alegación del hombre.

Dedicarse a la prostitución no es delito, obligar a otra persona a través de violencia, intimidación o abuso de superioridad sí que lo es. Es lo que argumentan los magistrados de la Sala de lo Penal del TS. La Justicia destaca que eso mismo es lo que ocurrió en este caso.

El origen del caso se remonta a 2019. El condenado contactó con su expareja al salir de prisión para pedirle que se desplazase a Lugo "bajo la amenaza de que, de no acceder, iría a buscarla y le destrozaría la cara". Sobre él pesaban delitos anteriores de amenazas, lesiones y delitos de violencia de género. La mujer comenzó a vivir con él y éste la obligo a ejercer la prostitución.

Palizas y amenazas a la mujer

Este tipo obligó a la mujer a "mantener relaciones sexuales diarias por la mañana a primera hora y cuando acababa la jornada laboral". Si no hacía esto, amenazaba con pegarle y con matarla si lo denunciaba a las autoridades. Un día, el condenado fue al lugar en el que se prostituía la mujer amenazada y le dio una paliza. La tiró al suelo y le dio patadas y puñetazos mientras "le decía que le iba a desfigurar la cara y que nadie le iba a querer", según la sentencia recogida por Europa Press. Dos jóvenes que pasaron por el callejón le interrumpieron y él salió huyendo.

25 años de cárcel

La Audiencia Provincial de Lugo dictó una condena de 25 años y 3 meses de prisión al hombre por un delito de amenazas condicionales, un delito continuado de agresión sexual, un delito de malos tratos en el ámbito familiar y un delito de explotación sexual con las agravantes de reincidencia de parentesco. La Audiencia Provincial también le condenó a 1 año y 6 meses a su cómplice. Vigilaba a la víctima cuando el acusado principal no estaba.

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