La Agencia Española de Protección de Datos

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SANCIÓN DE 5.000 EUROS

La Agencia Española de Protección de datos impone la primera multa a una de las webs más activas de piratería digital

Aunque se publicitaba como servicio de almacenamiento de archivos era, según los denunciantes, uno de los sitios más activos de piratería digital.

La Agencia Española de Protección de Datos ha impuesto a Abelhas.pt Limited, propietaria de la web Lolabits.es, una multa de 5.000 euros ya que, aunque se publicitaba como servicio de almacenamiento de archivos era, sin embargo, uno de los sitios más activos de piratería digital, según los denunciantes.

Se trata de la primera multa que se impone a una web de piratería, según destacan los miembros de la Coalición de Creadores, AGEDI, AIE, CEDRO, EGEDA, FEDICINE y SGAE, impulsores de la denuncia, interpuesta en febrero de 2016 ante la Agencia (AEPD) por vulneración de la ley de Protección de Datos (LOPD) y la ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de comercio electrónico (LSSI).

En concreto, la AEPD ha impuesto la multa por una infracción del artículo 22.2, relativo a los derechos de los usuarios, de la Ley 34/2002 de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI).

La AEPD detalla en su resolución que la web Lolabits.es, gestionada por sus propietarios utilizando una empresa radicada en Chipre, utilizaba DARD (dispositivos de almacenamiento de recuperación de datos) con la finalidad de "analítica web de tercera parte" y para "la gestión de redes sociales", incluyendo "un sistema de información, en una primera capa donde no se especifican las finalidades de los DARD utilizados y en una segunda capa, que no hace referencia al almacenamiento local relativo a redes sociales".

"Por tanto, añade la AEPD, no puede entenderse que la página web proporcionara información suficiente al usuario para otorgar su consentimiento informado, para permitir el uso de DARD", lo que supone "el incumplimiento de las obligaciones de información o de establecimiento de un procedimiento de rechazo del tratamiento de datos, establecidas en el apartado 2 del artículo 22" de la LSSI.

La recolección de datos personales es una de las vías habituales de financiación de los sitios piratas, según recoge el Observatorio de piratería, que detalla cómo un 36,4% de los usuarios de estas webs tiene que registrarse y ceder datos de carácter personal, facilitando la creación de bases de datos que alcanzan precios muy elevados en el mercado.

Lolabits.es, el sitio denunciado, se publicitaba como servicio de almacenamiento de archivos. Sin embargo, según los denunciantes, en realidad era un sitio de piratería digital, pues los archivos subidos por los usuarios eran públicos, incluyendo carpetas completas y hasta un buscador para encontrar los contenidos, además de ofrecer almacenamiento ilimitado.

En este sentido, los denunciantes señalan que la web multada "siendo además un sitio gratuito que ofrecía almacenamiento ilimitado, facilitó que se convirtiera en uno de los sitios más populares para el acceso a contenidos pirateados, con datos de tráfico que, según Similar Web, acreditaban 2,9 millones de usuarios al mes en febrero de 2016, cuando se interpuso la denuncia".

Por otro lado, la resolución de la AEPD recuerda que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencia C-582/2014) ha declarado que "las direcciones IP, incluso las dinámicas son un dato personal, y por lo tanto todas los responsables de las páginas webs tendrán que tratarlas como tal".

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