Alquiler
Alquilar por habitaciones, el truco para esquivar el tope del 2% en la subida del alquiler
La limitación de la actualización del alquiler al 2% ha abierto la puerta a que algunos propietarios busque resquicios legales para esquivar este tope a la actualización de la renta.
Cada ley tiene su trampa podríamos decir y el tope de la subida del alquiler al 2% no es diferente. Desde que el Gobierno implantó esta limitación a la actualización del alquiler, para paliar los efectos de las subida de los precios en los bolsillos de los inquilinos, algunos caseros no han perdido el tiempo en buscar fórmulas para esquivar este tope y poder actualizar la renta de sus alquileres por encima de este tope que sigue vigente durante 2023. Una de las fórmulas que se están utilizando, según denuncia el Sindicato de inquilinos de Madrid, es el alquiler temporal por habitaciones.
El truco del alquiler por habitaciones
Este tipo de contratos se rigen por el código civil y no por la LAU, Ley de Arrendamientos Urbanos, lo que permite que los derechos de los inquilino estén menos protegidos. Carlos Castillo, del sindicato de inquilinos de Madrid, nos explica que los contratos de toda la vida están amparados por la LAU que da más garantía a los inquilinos mientras que los contratos por habitaciones de duración temporal están pensado para estudiantes o gente que de forma temporal necesita residir en un lugar diferente al que legalmente es su vivienda habitual pero no para inquilinos que buscan una residencia tradicional. Carlos asegura que al sindicato les "llegan denuncias de parejas que buscan una casa y pretenden alquilarle una vivienda por habitaciones para poder actualizar la renta por encima del 2% que ha fijado el ejecutivo". Estos contratos temporales de habitaciones estarían incurriendo en un fraude de ley.
Algunso propietarios amenazan con que necesitarán la casa para ellos o para un familiar, denuncia el sindicato de inquilinos
Otras situaciones que denuncian los inquilinos desde que entró en vigor el tope del 2% es que los caseros les presionan para que acepten subida superiores, de mutuo acuerdo sería legal subir un 5,8% por ejemplo, y si no entran por el aro "les amenazan con que necesitarán la casa para ellos o para un familiar" algo que les permitiría cesar el contrato de alquiler y sacarla al mercado con un precio más alto.
Entre las denuncias que recibe el Sindicato de inquilinos de Madrid está la de Eunate Martínez, estudia y trabaja en Madrid y tiene un contrato temporal por su habitación aunque lleva año y medio viviendo allí. Esa habitación por al que paga 290 euros mensuales es insiste "su vivienda habitual", ella vive allí y está empadronada allí y por eso denuncia que su situación no corresponde a un alquiler temporal de unos meses sino a un alquiler residencial que debería regirse por la LAU.
¿Cómo puedo subir más del 2%?
Pero dejando a un lado estos trucos legales la realidad es que hay una fórmula legal para poder subir más de ese 2% en la revisión de la renta de los alquileres. Se conoce legalmente como "Tácita reconducción", es una figura jurídica, una brecha legal, que permite a los propietarios incrementar la revisión del alquiler más allá de ese tope marcado según nos explica José Ramón Zurdo, Abogado y CEO de la Agencia Negociadora Alquiler (ANA).
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Es una forma legal que permite a los propietarios revisar el alquiler más allá del tope del 2%, asegura la Agencia Negociadora del Alquiler
Está fórmula no afecta a todos los alquileres, solo podrán usarla aquellos arrendamientos que finalicen ya el último año de contrato en 2023, es decir afecta a los contratos firmados antes del 6 de marzo de 2019. Con esta "Tácita reconducción los propietarios" pueden actualizar la renta del alquiler con el IPC real y a los inquilinos les favorece en que si termina el contrato y se aplica esta tácita reconducción la renta se podría actualizar como máximo con el dato que marca el índice de Precios al Consumo pero nunca podrán subir la renta libremente.