Denuncia del emérito

El juez Villegas, sobre la denuncia del rey emérito: "Puede ser más incisivo cuando Revilla se ha puesto a hacer burlas, a imitarlo, a fingir que está hablando con su tono y voz"

¿Qué recorrido legal tiene la denuncia del rey emérito contra Revilla? ¿Cómo es de grave esta denuncia y cómo puede afectarle al ex presidente de Cantabria Miguel Ángel Revilla? Responde el juez Villegas en Espejo Público.

Revilla

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La abogada de Juan Carlos I considera que las declaraciones de Revilla son "graves calumnias, expresiones injuriosas, difamantes y oprobiosas que lesionan su derecho al honor". Por eso, el emérito le pide que rectifique en los medios de comunicación y una indemnización por valor de 50.000 euros.

¿Qué recorrido puede tener la demanda del rey emérito? Espejo Público habla con el magistrado y secretario de la 'Plataforma Cívica por la Independencia Judicial' Saludamos a Jesús Villegas para que no diga cómo es de grave esta denuncia y cómo puede afectarle al ex presidente de Cantabria Miguel Ángel Revilla.

"No tengo una bola de cristal para ver cual es el resultado, lo que si me gustaría es dejar unas cuestiones legales claras. La primera de ellas es que hasta donde yo sé, por lo menos lo que yo he visto de prensa no es una querella, no es el ejercicio de acciones penales. Es una demanda civil en la que se pide una indemnización. La diferencia es tremenda. Una querella puedes llevar a alguien a al cárcel, estamos hablando de delincuencia. En segundo lugar, Don Juan Carlos, el Rey emérito ya no es inviolable, fue inviolable cuando estaba ejerciendo el cargo de jefe del Estado, con lo cual ahora mismo es como un ciudadano cualquiera, una precisión importante."

Puede acabar en conciliación

"Como nos hayamos ante un procedimiento civil antes de que sigan adelante los trámites tiene que haber un acto de conciliación , si como parece estas personas eran amigos en el pasado, si se ven cara a cara y tienen la posibilidad de tener un encuentro personal y a lo mejor el asunto se resuelve y queda en nada, que es precisamente para los que están los actos de conciliación"

"Luego en cuanto a lo que se está pidiendo, una indemnización 50.000 euros. Aquí lo que se está tratando de ver es el daño moral , que es una cosa muy etérea, porque lo que se pretende resarcir es el sufrimiento, la sensación de humillación de vejación, no existen tablas legales, no tenemos unas normas precisas que permitan calcular cómo se tasa la moral. Con lo cual les digo también para que lo sepan por la práctica forense y la practica de los tribunales que se suele tener una práctica muy alta , pero luego después los jueces en caso de que se conceda algo , suelen dar bastante menos".

"Llegando al núcleo de la cuestión. Aquí lo que se está produciendo técnicamente es una ponderación de derecho , entre el derecho al honor y el derecho a la libertad de expresión y esta ponderación es muy difícil, porque no tenemos una báscula para medirlo al milímetro por lo que hay un margen para la subjetividad".

Hacer bromas también tienen protección legal

"¿Cuál es mi opinión al respecto? Muchas de las cosas que ha dicho el señor Revilla ya estarán en la prensa, con lo cual ahí no creo que haya responsabilidad de ninguna clase. Lo que sí me ha llamado la atención es cuando se ha puesto a hacer burlas como a imitarlo o como a fingir que está hablando con su tono e voz , eso puede ser mas incisivo, pero también es verdad que la jurisprudencia en las resoluciones de los tribunales nos hablando en una expresión técnica 'el deseo de hacer bromas' de hacer algo jocoso y eso también tiene su protección legal. ¿A dónde puede llegar esto? Pues no lo sé , tal vez no llegue a nada, pero lo que deseo es que en el acto de conciliación se resuelva"

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