Violencia de género
La lucha de una abuela para evitar que su nieta vuelva con el asesino de su madre
La mujer se hizo cargo de la niña tras el asesinato de su hija a manos de su expareja, quien se saltó una orden de alejamiento. Ahora, el hombre, desde prisión, reclama la custodia de la menor.
![Conflicto por la custodia de su hija. Conflicto por la custodia de su hija.](https://fotografias.antena3.com/clipping/cmsimages01/2025/02/06/7FE2CCEF-E775-4C6B-991A-7181C48401A9/conflicto-custodia-hija_70.jpg?crop=1655,931,x0,y0&width=480&height=270&optimize=high&format=webply)
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La abuela de una niña de ocho años se enfrenta a una batalla legal para evitar que su nieta termine bajo la custodia del hombre que asesinó a su madre. La mujer asumió el cuidado de la menor después de que su hija fuera estrangulada presuntamente por su expareja en Segovia, pese a que este tenía una orden de alejamiento en su contra. Ahora, desde prisión, el padre biológico ha solicitado la custodia de la niña, amparándose en la falta de una condena firme.
Jorge Albertini, abogado de la abuela, advierte que, aunque el hombre está en prisión preventiva,la ley permite que su familia pueda reclamar la custodia. Sin embargo, la defensa ha solicitado formalmente que la tutela quede en manos de la abuela, argumentando que es quien actualmente se encarga de la menor, solventa sus gastos y garantiza su bienestar. "El bien jurídico supremo es la protección de la niña", recalca el abogado.
Más allá del litigio por la custodia, este caso ha puesto en evidencia fallos en el sistema de protección de víctimasde violencia de género. El agresor no solo tenía una orden de alejamiento, sino que ya había sido condenado previamente por hechos similares. "¿Por qué no se le colocó una pulsera de control a este individuo?", cuestiona Albertini, señalando la ineficacia del sistema "VioGén" en este caso.
Artículo 92.7 del Código Civil
El desenlace de esta batalla legal dependerá de la resolución judicial. Sin embargo, el artículo 92.7 del Código Civil establece que "no procederá la guarda conjunta cuando cualquiera de los progenitores esté incurso en un proceso penal iniciado por intentar atentar contra la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del otro cónyuge o de los hijos que convivan con ambos".La abuela espera que este principio prevalezca y que la justicia garantice la seguridad de su nieta, impidiendo que vuelva a convivir con el presunto asesino de su madre.
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