Renta 2023

Novedades y secretos de la declaración de la renta 2023, por el experto Ismael G. Villarejo

La campaña de la renta arranca con novedades que afectan a los autónomos y a las personas que han ido al paro o estado de baja durante 2023.

Ismael G. Villarejo, economista

Publicidad

Este miércoles arrancó la campaña de la renta con la primera fase de las previstas por Hacienda, que involucra a los contribuyentes que quieran presentar la declaración a través de Internet.

Las personas que opten por otras vías deberán esperar aún unas semanas. Y es que una de las principales novedades de este año es la duración del periodo habilitado por la Agencia Tributaria para saldar las cuentas con el Estado. El 1 de julio es el último día, lo que crea el calendario más generoso hasta la fecha para liquidar el IRPF.

Espejo Público, presentado por Susanna Griso, respondió las preguntas planteadas por su audiencia. Éstas van desde quién debe presentar la declaración de la renta hasta si las criptomonedas se declaran, pasando por las deducciones por maternidad.

Las principales novedades afectan a autónomos y personas que hayan perdido su trabajo o cogido la baja. A estos últimos casos se les plantea un escenario algo más favorable, ya que el mínimo para declarar obligatoriamente si se ha tenido más de un pagador –por ejemplo, un empleo y el paro o una baja— sube de 14.000 a 15.000 euros.

Esta situación también se aplica a los contribuyentes con más de un trabajo. Los autónomos deberán presentar la declaración sin más consideraciones.

Estas son los días clave:

  • 3 de abril: arranca la campaña en Internet
  • 29 de abril: citas para declaraciones por teléfono
  • 7 de mayo: arranca la campaña por teléfono
  • 29 de mayo: citas para declaraciones presenciales
  • 3 de junio: arranca la campañapresencial
  • 1 de julio: último día para presentar la renta

Y estas son las preguntas planteadas por la audiencia de Espejo Público y sus respuestas:

¿Desde qué ingresos tengo que presentar la declaración?

La barrera está en los 22.000 euros brutos anuales. Así que quién gane más que ese importe deberá presentar la declaración de la renta. El sueldo exacto ingresado durante 2023 se especifica en los certificados de retención que las empresas han enviado a sus plantillas en las últimas semanas.

Esa es la norma general. Ahora la excepción: las personas que tengan más de dos trabajos deberán presentar la declaración cuando ganen más de 15.000 euros brutos anuales si, y sólo si, perciben más de 1.500 euros al año de los trabajos secundarios.

Esta norma también aplica a las personas que durante 2023 han combinado paro y trabajo o que hayan padecido una baja, ya que el Estado considera que se han recibido ingresos de más de un pagador.

Si soy autónomo y tengo pocos ingresos, ¿también debo presentarla?

Es una de las principales novedades de este año. Los autónomos y los trabajadores por cuenta propia están obligados a presentar la declaración de la renta sin importar cuanto han facturado ni el tiempo que hayan estado de alta.

¿Hay cambios en las retenciones del trabajo?

Como se explica en esta crónica, la principal novedad es que aumenta hasta los 15.000 euros (desde los 14.000) el mínimo exento para las personas con más de dos trabajos siempre y cuando no se ingrese más de 1.500 euros en cada uno de los empleos complementarios o por prestaciones como el paro o una baja.

Pero no es la única:

Desde este año, se pueden desgravar los importes de los peajes y aparcamientos debidamente justificados de los desplazamientos al trabajo. Además, se eleva a el importe exceptuado a 26 céntimos por kilómetro en gasto de gasolina que las empresas hayan compensado por el uso de los vehículos particulares.

Este año se reducen las retenciones de los rendimientos del trabajo derivados de obras literarias, artísticas y científicas, así como de los procedentes de la propiedadintelectual (hasta el 7 por ciento).

Para los trabajadores de empresas internacionales se establecen 60.100 euros de exención por trabajar en el extranjero, siempre que exista un impuesto similar en el país donde se realice el trabajo o un convenio con España para evitar la doble imposición.

Me he comprado un coche eléctrico, ¿puedo declararlo?

Las deducciones por la compra de coches eléctricos y por la instalación de puntos de carga, por ejemplo, en las plazas de parquin están prorrogadas hasta este año.

Por tanto, en la declaración de la renta que se haga ahora se pueden deducir los gastos de 2023. Para quienes estén pensando en cambiar a la movilidad eléctrica, durante la campaña del próximoaño también se podrán deducir los gastos que se realicen hasta el 31 de diciembre de 2024.

Se pueden deducir:

  • El 15 por ciento del precio del coche, sobre una base máxima de 20.000 euros.
  • El 15 por ciento del coste de instalación del punto de carga, sobre una base máxima de 4.000 euros.

La deducción por maternidad, ¿es para todas las madres?

Se benefician todas las madres con hijos menores de 3 años.

¿Con cuánto?

  • 1.200 euros anuales (100 euros mensuales) de deducción máxima. Se contempla un incremento de 1.000 euros anuales en la deducción por gastos de guardería o centro de educación infantil.

Además, siguen vigentes estas deducciones por hijos:

Hijos menores de 25 años que convivan o dependan económicamente de sus padres y no presenten declaración de la renta, o los mayores de 25 años con discapacidad y los mismos requisitos.

¿Con cuánto?

  • Primer hijo: 2.400 euros
  • Segundo: 2.700 euros
  • Tercero: 4.000 euros
  • Cuarto y siguientes: 4.500 euros

Es importante comprobar las deducciones autonómicas, en función del lugar de residencia, teniendo en cuenta las condiciones establecidas en cada una de ellas.

¿Las criptomonedas que se tengan en el extranjero hay que declararlas?

, hay que declarar las compraventas de criptomonedas. Específicamente, en las casillas 1800-1814 de la declaración de la renta. Además, sin excluir lo anterior, se debe presentar el modelo 721 para consignar los saldos superiores a 50.000 euros.

Este modelo consiste en una declaración sobre las operaciones realizadas con criptomonedas durante el año y que superen el máximo de 50.000 euros al cambio con la cotización del 31 de diciembre de 2023. Es recomendable acudir a un asesor fiscal si se está en esta situación.

Es importante indicar que los pagos recibidos por Bizum se tienen que declarar este año si superan los 10.000 euros recibidos o bien si los importes –sean los que sean— corresponden a pagos por servicios o son parte de los ingresos de un autónomo.

Por último, los ingresos que procedan de las tiendas digitales y apps de segunda mano de comercio directo entre usuarios se declaran en su totalidad.

Antena 3» Programas» Espejo Público» Noticias

Publicidad